Ordenanzas - Imposici{on de nombre Paseo Pedro Alberto Rippa


ORDENANZA Nº 10907/2006.-

EXPTE.Nº 2520/2006 – H.C.D.

 

 

VISTO:

          Los significativos aportes ofrendados por el Sr. Pedro Alberto Rippa, en favor de la inclusión social de los Adultos Mayores, y

 

CONSIDERANDO:

                               Que el caracterizado vecino, fallecido el pasado 29 de Enero de 2005,  ha desarrollado una ingente tarea, prevaleciendo en tal sentido su esfuerzo orientado a facilitar la participación del Adulto Mayor en el diseño de programas recreativos, culturales y deportivos destinados al sector.

                               Que en razón de lo expuesto con anterioridad, este ámbito legislativo comunal, juzga procedente manifestarse expresando consecuentemente el deseo y la necesidad de recordar al Sr. Pedro Alberto Rippa, destacando la colaboración prestada con el mayor desinterés personal en diversas acciones directas que propiciaron el mejoramiento de la calidad de vida y la participación del Adulto Mayor.

 

POR ELLO:

 

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE SAN JOSE DE GUALEGUAYCHU SANCIONA LA SIGUIENTE

 

ORDENANZA

 

ART.1º.-   DESIGNASE con el nombre de Calle Paseo Pedro Alberto Rippa, al sector ubicado en el cuadrante (Nor-Este) del “Parque de la Estación”, que se localiza frente a las Canchas de Tejo que llevan su mismo nombre.

ART.2º.-  COMUNIQUESE, ETC....



 

Sala de Sesiones.

San José de Gualeguaychú, 6 de  julio de 2006.

Héctor de la Fuente, Presidente – Gerardo Sánchez, Secretario.

Es copia fiel que, Certifico.

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